Posteado por: B&T | domingo, agosto 7, 2011

La «Declaración Conjunta sobre la Justificación» o la subversión de la Fe inmaculada de la Sede de Pedro

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Título: La «Declaración Conjunta sobre la Justificación» o la subversión de la Fe inmaculada de la Sede de Pedro
Autor: R. P. François Laisney
Tomado de la página de la FSSPX distrito Canadá. Communicantes de enero de 2001
Traducción: Alejandro Villarreal -agosto de 2011- Traducido y publicado aquí sin la autorización expresa del autor

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Cardenal Edward Idris Cassidy «Presidente del Consejo Vaticano para la Unión de los Cristianos» y el Obispo Christian Krause «Presidente de la Federación Mundial Luterana»

El 31 de octubre de 1999, en Augsburgo, el Card. Cassidy firmó una “Declaración Conjunta sobre la Justificación” [1], junto a 124 iglesias de la Federación Mundial Luterana. Esta Declaración es un escándalo en estricto sentido, un tropiezo para mucha gente. Para comprender la importancia de esta Declaración y su oscuro antecedente, debemos primero recordar la enseñanza católica acerca de la justificación y las herejías luteranas que se oponen a ésta. Entonces podremos observar las enormes ambigüedades que son necesarias para realizar tal Declaración Conjunta. Esta Declaración será evidenciada como un típico producto del ecumenismo que debilita la Fe y corroe la esencia de la Iglesia.

Abreviaturas:

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Contenido:

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A. Resumen de la doctrina católica sobre la Justificación.

1. La verdadera naturaleza de la justificación: una transformación interior del estado de pecado al estado de gracia.

Desde que el primer hombre fue infiel a la primera gracia recibida y manchó su naturaleza humana, cada hombre, descendiente de Adán es un “hijo de las tinieblas” (1Tes. V, 5) e “hijo de ira” (Ef. II, 3), en estado de pecado, separado de Dios. Además, una vez que ha alcanzado la edad de la razón, cada hombre agrega su propia cuota de pecados, más o menos serios. Mientras que el hombre puede caer por sus propios actos, no es capaz de levantarse por sí mismo, por el sólo poder de su naturaleza, ni tampoco únicamente con la ayuda de la Ley: él necesita la gracia de Dios, quien en su misericordia, ha enviado al Salvador, su único Hijo, Nuestro Señor Jesucristo. Es principalmente por Su Pasión y el sacrificio de la Cruz que Nuestro Señor Jesucristo nos ha salvado: El “se entregó a sí mismo para redención de todos” (1Tim. II, 6). Sin embargo, no todos los hombres son salvados, algunos serán colocados a la izquierda del Juez y escucharán estas terribles palabras: “Apartaos de mí, malditos, al fuego eterno, preparado para el diablo y para sus ángeles” (Mt. XXV, 41). “Pero no todos obedecen el Evangelio” (Rom. X, 16). Esta redención, la cual es suficiente para todos, debe ser “recibida” por cada alma: “Mas a cuantos le recibieron (Dios) dioles poder de venir a ser hijos de a aquellos que creen en su nombre.” (Jn. I, 12). Esta recepción de Nuestro Señor de Nuestro Señor Jesucristo es un genuino renacimiento, una transformación interior del estado de pecado, de muerte espiritual separado de Dios, al estado de gracia, el estado de justicia, la vida del hijo de Dios, miembro de Jesucristo. Esto implica tanto la absolución de los pecados y la infusión de la gracia santificante, una verdadera unión vital con Cristo. Esto es justificación: “estaba muerto y ha vuelto a la vida, se había perdido y ha sido hallado.” (Lc. XV, 32).

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2. Sus causas: primera, la gracia divina y; segundo, la cooperación del hombre.

Todo buen don y toda dádiva perfecta viene de arriba, desciende del Padre de las luces, en el cual no se da mudanza ni sombra de alteración.” (St. I, 17). La justificación es el efecto de una acción divina sobre el alma, y es un don puro, no merecido por el alma de ninguna forma: por supuesto, antes de ser justificada, el alma todavía se encuentra en estado de pecado, y por lo tanto, lejos de merecer los beneficios divinos, ¡sólo merece el castigo impuesto por el Juez Justo! Esta acción divina es una previa gracia: “El nos amó primero” (1Jn. IV, 19); pero lejos de excluir la cooperación de nuestra parte, esta acción divina provoca y demanda una respuesta de nosotros. Si fallamos y no respondemos a este amor previo de Dios, la magnífica transformación interior, que es la justificación, no sucederá. La Iglesia ha llamado a esta cooperación desde siempre, especialmente en la preparación para el bautismo, ya que sin éste, o al menos el deseo del bautismo, es imposible ganar este nuevo nacimiento. Esta preparación es buena ya que viene de Dios, sin ser meritoria, ya que antes de tener caridad, no debe haber duda del mérito. Esta cooperación es una causa secundaria del último efecto: mientras que es pasiva respecto a la Primera Causa de quien recibe su impulso, y no agrega nada a la virtud de este impulso; es activa respecto al último efecto, el cual es la transformación del alma. Este aspecto activo de la preparación es muy clara en el regreso del Hijo Pródigo: el recibió el perdón una vez que regresó con su padre, si no hubiese regresado, no habría recibido el perdón, sin embargo, su regreso activo, en sentido estricto, no ameritó el perdón.

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3. La primera justificación.

El primer elemento de esta transformación interior es la Fe. Y ya que la vida interior es esencialmente y por completo una vida espiritual, y ya que nada puede estar en la voluntad sin primero pasar por el intelecto, es claro que esta nueva vida debe comenzar con la recepción de la verdad sobrenatural vía el intelecto. Sin la verdadera Fe, es decir, la adherencia del intelecto a la Verdad revelada, es absolutamente imposible ser justificado (Concilio de Trento, VI, 7). De aquí la necesidad de que el catecumenado aprenda las verdades de la Fe. Primero que todo, el alma adquiere el conocimiento de Dios y de su divinidad, y sólo entonces la de su propio estado de miseria debido al pecado, y entonces la labor redentora de Cristo, de la misericordia con que Nuestro Salvador la ofrece; y entonces, tocado por la gracia, se arrepiente de haber ofendido a Dios, esperando en su Misericordia, y abriéndose a “el amor de Dios (que) se ha derramado en nuestros corazones por virtud del Espíritu Santo, que nos ha sido dado” (Rom. V, 5). Y ya que la Fe es el principio y el fundamento de la justificación, San Pablo nos habla de ser “justificados por la fe” (Rom. V, 1); pero el mismo San Pablo nos advierte que con sólo la Fe, sin caridad, no tenemos nada (1Cor. XIII, 1), y Santiago nos dice que la sola Fe, sin las obras de caridad, está muerta (St. II, 17, 26).

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4. Posterior desarrollo de la justificación.

La justificación, por lo tanto, es el principio de la vida espiritual, la vida del hijo de Dios: es llamado a crecer y convertirse en algo fructífero. Lejos de dispensar al cristiano de la obligación de la Ley, la gracia recibida le da los medios para observar la Ley, ya que “el amor (o caridad) es la plenitud de la Ley.”(Rom. XIII, 10). San Agustín explica que el cristiano no está “bajo la ley”, ya que, por la gracia de Cristo, el observa la ley, y ésta no lo agobia con sus condenaciones, en lugar de ello, él está “con la ley” (1Cor. IX, 21), ya que la ley es una luz amigable (Pr. VI, 23) que le muestra el camino al Cielo, junto a la cual corre con un corazón ansioso (ver Sal. CXVIII, 32). La práctica regular en los sacramentos de la Penitencia y la Eucaristía, junto a una genuina vida de oración y de obras de caridad, otorga al creyente no sólo la posibilidad de observar fielmente los Diez Mandamientos, sino también de ascender en grado de santidad. Por lo tanto, aquellos quienes conservan los dones que han recibido, fructificando por medio de las buenas obras de caridad (amor a Dios), el Cielo les será dado como recompensa; mientras que aquellos quienes no den frutos por los dones recibidos, serán echados “a las tinieblas exteriores” (de la Parábola de los Talentos, Mat. XV, 14-30). Propiamente hablando, la salvación viene al final de la vida espiritual, “el que perseverare hasta el fin, ése será salvo.” (Mt. XXIV, 13); no puede existir merito antes de la justificación, ya que sin caridad (amor a Dios), no hay mérito, pero no puede haber salvación para los adultos quienes no han adquirido méritos después de la justificación.

La vida cristiana aquí abajo es una batalla (Job VII, 1), no sólo contra el mundo (1Jn. II, 15) y el demonio (Ef. VI, 12), sino también contra la carne (Gal. V, 17), es decir, contra las tendencias al pecado que permanecen en nosotros, incluso después de habérsenos sido perdonados. Esta tendencia viene del pecado y lleva al pecado, aunque en nosotros mismos no exista formalmente pecado (Concilio de Trento V, 5). En esta batalla incluso el justo algunas veces es ligeramente herido y cae en pecados veniales, por lo cual se debe rezar diariamente por el “perdón de nuestros pecados” (Mt. VI, 12), sin lo cual, sin embargo, se deja de ser justo (Pr. XXIV, 16).

Desafortunadamente esta vida nueva se puede perder por cualquier pecado mortal, posterior a la justificación. Así que es necesario recibir la justificación de nuevo por medio del sacramento de la Penitencia, el cual es como una resurrección espiritual que requiere de genuino arrepentimiento y por lo tanto, de la cooperación de nuestra parte, ya que la verdadera “materia” de este sacramento, y sin las cuales se hace inválido, son tres actos del penitente, llamados contrición, confesión y satisfacción.

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5. Confianza, pero no presuntuosa certeza de la salvación.

El hecho de que Nuestro Señor haya muerto en la cruz para salvarnos a todos, es una verdad de Fe que a nadie se le permite dudar. Pero la aplicación de los beneficios de Su Sacrificio a nuestras almas en particular no es algo revelado, sólo podemos tener una indicación de éstos en la medida en que seamos fieles a su Ley, como el árbol es juzgado por sus frutos. Esto no puede darnos una absoluta certeza respecto al estado de la gracia en nosotros, e incluso tenemos menos certeza de nuestra perseverancia final. Así, San Pablo dice que “con temor y temblor trabajad por vuestra salud” (Flp. II, 12), y aún así, teniendo confianza en la misericordiosa asistencia de nuestro Padre celestial, quien nos sostiene como “niños de pecho… llevados a la cadera” (Is. LXVI, 12).

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6. Conclusión.

El modelo perfecto de esta nueva vida en Jesucristo es la Santísima Virgen María, cuya cooperación en la labor de Cristo es manifiesta con su fiat y su compasión al pie de la cruz (ver Lc. I, 38 y Rom. VIII, 17), y quien ofrece toda gloria a Dios (Magnificat, Lc. I, 46-55).

El Concilio de Trento ha fijado para todos los tiempos esta magnífica doctrina en su famosa Sexta Sesión, cuando el Decreto fue aprobado con perfecta unanimidad. Esta unanimidad maravilló mucho a los Padres conciliares, y ellos lo vieron como un milagro en lo moral y un signo tangible de la asistencia del Espíritu Santo. En su Prólogo, el Concilio dice, esta es “doctrina que Cristo enseñó, que los Apóstoles manejaron y que la Iglesia católica siempre ha sostenido” (Dz. 792a). En su Conclusión, el Concilio de nuevo declara “si alguien no la sostiene (a esta doctrina) fiel y firmemente, no podrá ser justificado”, y que es necesario “no sólo sostenerla sino también evitar y abandonar los errores opuestos”, los cuales son anatematizados en los cánones añadidos.

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B. Las herejías de Lutero

1. Error concerniente a la naturaleza de la justificación: la imputación extrínseca de la justicia de Cristo.

El punto fundamental de la herejía de Lutero es su afirmación que la justificación no es una transformación interior del pecador, que le quita la mancha de su pecado y lo hace realmente justo, sino sólo una imputación exterior de los méritos de Cristo, en consideración de lo cual, Dios está de acuerdo en no castigar al pecador. La comparación dada es la de un ladrón quien, no teniendo los medios para restituir lo que ha robado, ve su castigo suspendido por un hombre rico quien paga su deuda, sin que el ladrón intervenga en nada, simplemente con su confianza hacia su rico bienhechor. Al no haber podido obedecer la Ley de Cristo, Lutero prefirió afirmar que él no necesitaba ser transformado interiormente, y que podía continuar en desobediencia mientras era “considerado justo” de forma exterior, simplemente por confiar en las promesas de Cristo.

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2. El error concerniente a las causas: el rechazo a toda cooperación.

Lutero pensó que el daño causado por el pecado original era tal, que consideraba la libertad del hombre incapaz de cooperar en la preparación de la justificación. No viendo cuánto se oponía esto a la práctica del Evangelio, en la preparación que se requiere antes del bautismo, él afirmó que esto salvaguardaba el honor de Dios. Para Lutero, la acción de Dios excluye la acción del hombre: si la justicia viene de Dios, no viene del hombre; consecuentemente, cualquier cosa que venga del hombre se consideraría un “plagio” al honor de Dios. Así, Lutero concluyó que el hombre no podía hacer méritos, de ninguna manera, tampoco podía él cooperar hacia su salvación. Esto es una falla en la comprensión de la trascendencia de Dios, quien es la Causa Primera, y quien, lejos de suprimir a las causas secundarias, les permite, tanto existir como operar causalmente, con dependencia a la Causa Primera.

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3. El error concerniente a las consecuencias: la destrucción de toda vida cristiana.

El hombre es tan corrupto que permanece siendo un verdadero pecador incluso después de su justificación. Así que es “simul justus et peccator”, “tanto justo como pecador”: el es justo en virtud de la divina declaración, la cual es externa a él, pero pecador debido a la realidad del pecado que permanece en él.

Y ya que él no es transformado realmente, permanece siendo incapaz de seguir los Diez Mandamientos después de su justificación, tanto como antes de ésta, tampoco está obligado a hacerlo: es suficiente para él el continuar confiando en este “hombre rico” quien seguirá pagando sus deudas en las que siga incurriendo.

En este caso, la fe consiste esencialmente, no en la adherencia del intelecto a la verdad revelada, sino a su confianza en haber sido salvado por los méritos de Cristo. Esta confianza debe ser absoluta, y por lo tanto, debe haber una absoluta certeza de la salvación.

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4. La destrucción del resto de la Fe católica.

Utilizando este falso principio de la justificación, que es esencialmente externa a su “criterio” (Declaración Conjunta –DC- 18) [1], Lutero concluye con la negación muchos puntos del dogma católico. Él rechaza todas las obras, en uniéndonos a Cristo; él niega la realidad del Cuerpo Místico de Cristo, la Comunión de los Santos; él rechaza (con profusión de blasfemias) el santo Sacrificio de la Misa, la eficacia “ex opere operato” [del trabajo que se realiza o realizan] de los sacramentos, el poder del orden y la jurisdicción,  y así, de toda la estructura de la Iglesia católica, pronuncia horribles blasfemias contra el Papa, contra los votos religiosos, la vida monástica, las indulgencias, el purgatorio, etc. A nivel moral, estos falsos principios de los primeros Reformadores llevaron a varias conclusiones, cada una de ellas más blasfema que la anterior, como la que dice “peca con osadía, pero cree incluso con mayor audacia”, o “todas las buenas obras son pecados mortales”, etc. La Reforma produjo un trágico registro de frutos de la inmoralidad.

Subsecuentemente, algunos de sus seguidores menos pervertidos, impresionados por la fuerza del los argumentos católicos, se sintieron obligados a reintroducir ciertos elementos de la doctrina católica, una cierta santificación interior a la que ellos llamaron consecuencia de la justificación, aunque ellos no consideraron a esta justificación como una transformación esencial interior, y fueron atacados por aquellos quienes desearon apegarse a la línea de Lutero. Otros, por el contrario, continuaron el permisivismo abierto por Lutero, continuando en la negación de un número cada vez mayor de dogmas, hasta llegar a un liberalismo protestante que se tornó en un completo ateísmo. Muchos de los grandes personajes anticatólicos del siglo XIX fueron protestantes.

El Card. Billot dice acertadamente, respecto a esta justificación puramente extrínseca, que en los resultados sólo son “sepulcros blanqueados” (Mt. XXIII, 27). Nuestra exposición paralela ha mostrado cuán radicalmente incompatibles son estas dos doctrinas: “¿Qué consorcio hay entre la justicia y la iniquidad? ¿Qué comunidad entre la luz y las tinieblas?” (2Cor. VI, 14). Sólo una verdadera conversión, rechazando la herejía y abrazando totalmente la verdad católica puede permitir a los protestantes volver a entrar a la unidad con la Iglesia.

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C. La Declaración Conjunta sobre la Justificación: una proeza de ambigüedad.

Sin embargo, “la declaración está impregnada de la convicción de que en sus respectivas historias, nuestras iglesias han llegado a nuevos puntos de vista. Hubo hechos que no solo abrieron el camino sino que también exigieron que las iglesias examinaran con nuevos ojos aquellas condenas y cuestiones que eran fuente de división.” [Fragmento tomado de: http://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/chrstuni/documents/rc_pc_chrstuni_doc_31101999_cath-luth-joint-declaration_sp.html%5D (DC 7).

Así, después de treinta años, el esfuerzo ecuménico que comenzó durante el Vaticano II ha llegado a esta Declaración Conjunta. Ésta expresa “el consenso sobre las verdades básicas de dicha doctrina y demostrando que las diferencias subsistentes en cuanto a su explicación, ya no dan lugar a condenas doctrinales.” [Fragmento tomado de la página citada] (DC 5). “Las condenas doctrinales del siglo XVI, por lo menos en lo que atañe a la doctrina de la justificación, se vean con nuevos ojos: Las condenas del Concilio de Trento no se aplican al magisterio de las iglesias luteranas expuesto en la presente declaración y, la condenas de las Confesiones Luteranas, no se aplican al magisterio de la Iglesia Católica Romana, expuesto en la presente declaración.” [Fragmento tomado de la página citada] (DC 41). ¿Es verdad esto?

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1. Los errores de Lutero aún están ahí.

Mientras que, por el lado positivo, ciertos puntos rechazados por Lutero, como la existencia de una transformación interior [2] y la posibilidad de negarse a la gracia, son aceptados aquí (DC 21), no encontramos ninguna renuncia a los principios de Lutero en sí. Por el contrario, son afirmados en los siguientes puntos:

a. La Justificación es concebida de una manera forense [3], como una “declaración de perdón” (DC 23), como algo “aceptado por Dios” que siempre está completa y no puede experimentar crecimiento (DC 39); “la justicia de Cristo es justicia nuestra” (DC 23), como si la justicia del creyente no fuese algo formalmente inherente al alma, como fue definido por el Concilio de Trento (VI, 7 y Can. 10). (Ver también Fuentes de la Declaración Conj. -FDC- 4.7).

b. el rechazo a toda cooperación en la justificación, ya que los seres humanos son “incapaces de contribuir a su salvación… solo puede(n) recibir la justificación pasivamente.” (DC 21), y ya que está último está “exento de la cooperación humana” (DC 23, 24, 27; FDC 4.1).

c. La justificación sólo es por la fe (DC 26; FDC 3).

d. La Fe es entendida como confianza (DC 25, 26; FDC 4.3); incluso se dice que “Con el Concilio Vaticano II, las católicos declaran: Tener fe es encomendarse plenamente a Dios.” (DC 36). El Concilio de Trento ha definido: “Si alguno dijere, que la fe justificante no es otra cosa que la confianza en la divina misericordia, que perdona los pecados por Jesucristo; o que sola aquella confianza es la que nos justifica; sea excomulgado.” [Tomado de http://multimedios.org/docs/d000436/p000001.htm#0-p0.3.1%5D (VI, Can. 12)

e. Aquí permanece, en la persona justificada “una oposición con Dios” la cual es “verdadero pecado” (DC 29; y así el creyente es “al mismo tiempo justo y pecador… totalmente pecador” (DC 29; Anexo a la Declaración Conj. -ADC- 2.A).

f. La Ley “superada en cuanto medio de salvación” (DC 31); esta es una expresión muy ambigua, la cual deja la puerta abierta a la herejía luterana, según la cual, la observancia de la Ley ya no es obligatoria, aunque todavía se le considera como “una orientación” para la conducta cristiana.

[Nota de B&T: San Pablo, en el mismo pasaje de Romanos III que cita el documento (DC 31) dice: “¿Anulamos, pues, la Ley con la fe? No ciertamente, antes la confirmamos.” (III, 31) La nota al pie de Nácar Colunga dice así: Con el Evangelio no se anula la Ley, antes se confirma, interpretándola no en sentido jurídico de los judíos, sino en el sentido moral, a la luz del precepto de la caridad, que trajo Jesucristo y que era el sentido divino de la Ley. Como preparación del Evangelio, la Ley recibe de éste la perfección que no tenía.]

g. El creyente tiene certeza de su salvación (DC 34, 35).

h. La doctrina de la justificación es “rector y juez de las demás doctrinas cristianas” (DC 1), el “criterio indispensable” (DC 18; FDC 3), la “piedra de toque” (ADC 3); si uno recuerda que el principio protestante no fue rechazado por esta Declaración, entonces representa el fundamento de muchos dogmas católicos, es totalmente inaceptable reafirmar esta doctrina como el “criterio”.

Estos puntos frecuentemente son expresados de tal manera que sería posible darles una interpretación compatible con la doctrina católica, pero lo que es muy cierto es que éstos también pueden retener su interpretación protestante original. Los términos fueron cuidadosamente calculados para que no rechazaran las tesis de Lutero, pero también se abstienen de negar abiertamente el dogma católico. Tal proeza de ambigüedad y de silencios calculados, están muy lejos de satisfacer los requerimientos del Concilio de Trento, el cual demanda no sólo que “se acepte fiel y firmemente” la doctrina de la justificación como fue establecida, sino también que “evitemos y rehuyamos” (Dz 810) los errores condenados en sus cánones. Lo menos que se puede decir es que esta Declaración ni los evita ni los rehuye. ¡El esconder un error bajo una fórmula ambigua no es evitarlo!

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2. La ambigüedad e insuficiencia de las explicaciones “católicas”.

En cada punto de esta Declaración Conjunta se ofrece una clarificación de la posición luterana y una clarificación de la posición católica. ¡Incluso ésta última está muy lejos de “evitar y rehuir” los errores condenados por el Concilio de Trento! Consideremos algunos ejemplos. “De ahí que la gracia justificadora no sea nunca una posesión humana a la que se pueda apelar ante Dios.” [Tomado del doc. Cit.] (DC 27); en tanto que esto signifique que la gracia santificante es algo que siempre provenga de Dios, es verdad; pero sugiere que la gracia santificante no es inherente al alma, la negación aplica directamente sobre la “posesión humana” y sólo transversalmente a la causa relativa. Además, la expresión “apelar ante Dios” es también ambigua, como si uno no pudiera orara a Dios sobre el fundamento de los dones ya recibidos como garantía de su amor por nosotros y como plegaria para futuras bendiciones, como el Espíritu Santo mismo nos ha enseñado a orar: “Defiende, Señor, mi causa según la justicia y según la inocencia que hay en mí” (Sal. VII, 9). La verdad es que la gracia santificante es una posesión de la persona, inherente a su alma, pero debido a la divina bondad a través de Nuestro Señor Jesucristo, y así no puede gloriarse “como si no lo hubiese recibido.” (1Cor. IV, 7).

Otro ejemplo: “Énfasis en la renovación de la vida por la gracia justificadora; esta renovación en la fe, la esperanza y el amor siempre depende de la gracia insondable de Dios y no contribuye en nada a la justificación de la cual se podría hacer alarde ante Él.” [Tomado del doc. Cit.] (DC 27). Siempre dependiente de la gracia divina, si, pero “¿no contribuye en nada?” ¡Cuidado!, por el contrario, esta renovación de vida sí produce contribución: incluso antes de la infusión de la gracia, esta contribución es requerida y es genuinamente meritoria como argumento de esta gracia santificante. Es claro, sin embargo, que no es la clase de contribución de la que uno podría gloriarse ante Dios o los hombres, ya que es en sí misma un don de Dios a través de Jesucristo. Aún más, si la primera gracia es absolutamente gratuita y muchas otras gracias subsecuentes son dadas libremente, es falso (el aserto de la DC), ya que el último efecto depende no sólo de la causa primera, sino también de la segunda causa.

Otro ejemplo: “los católicos pueden decir que Cristo no es un «legislador» como lo fue Moisés” [Tomado del doc. Cit.] (DC 33). ¡Un momento! La santa Madre Iglesia siempre ha enseñado que Cristo nos dio la Nueva Ley. El es un nuevo legislador, pero mejor y superior a Moisés, ya que no sólo nos dio una ley más perfecta (y particularmente más demandante), sino que Él también nos da los medios para satisfacerla (cf. Mt. V).

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3. La explicación “luterana” todavía merece los anatemas de Trento.

Estos cuatro ejemplos fueron tomados de las clarificaciones “católicas”, las clarificaciones luteranas se alejan mucho más de la verdadera doctrina, y algunas veces son absolutamente incompatibles con la doctrina del Concilio de Trento. El punto directamente opuesto a la enseñanza del Concilio de Trento es la idea “simul et justus et peccator” (al mismo tiempo justo y pecador). Esta expresión es utilizada explícitamente, y la explicación luterana insiste en el hecho de que existen remanentes de una “aversión a Dios, que es realmente pecado”, en el creyente “justificado” de la forma luterana. El Concilio de Trento ha definido: “Si alguno… afirma que no se quita todo lo que es propia y verdaderamente pecado; sino dice, que este solamente se rae, o deja de imputarse; sea excomulgado” [Tomado de la pág. citada] (Sesión V, Can. 5).

A la luz de este anatema es escandaloso que los representativos católicos deban decir que la concupiscencia [o propensión] “esté en contradicción con Él (Dios)” [Tomado del doc. cit.] (DC 30), sabiendo que la definición tomista de pecado es “aversión a Dios y conversión desordenada a la criatura.” La gravedad de esta afirmación puede evaluarse si uno revisa los “Recursos” (o Fuentes) en el Anexo, donde se dice que “se ha alcanzado un acercamiento considerable cuando el documento Les Anathèmes du XVIe siècle sont-ils encore actuels? (¿Los anatemas del siglo XVI son todavía actuales? -1989-), se considera a la concupiscencia [o propensión], la cual permanece en el justificado, ‘una contradicción a Dios’ y así la califica como pecado [y en oposición al C. de Trento].” (ADC 4.4).

Además, los católicos no siempre están conscientes de las falsas definiciones de ciertas palabras utilizadas por los protestantes. Por ejemplo, a la palabra “santificación, el Prof. Luterano Gerhard O. Forde la define así: “la mejor definición de santificación, se considera en la medida en que signifique algo diferente a la justificación (extrínseca), es el arte de llegar a acostumbrarse a la santificación incondicional, la cual es la obra de la gracia de Dios por el amor de Jesús” [5]. En otras palabras, es el arte de acostumbrarse a la idea de que uno es “salvado” a pesar del hecho de que uno continúe en pecado, ¡como este personaje explica en el resto del capítulo! “Crecer en… fe” [Tomado del doc. Cit.] (DC 39), para el luterano significa acostumbrarse cada vez más a esta idea, la cual es absolutamente ajena al catolicismo. Para el luterano, el “justificado” continúa en pecado: “el pecado sigue viviendo en él, porque se torna una y otra vez hacia falsos dioses.” (DC 29). Esta justificación incondicional es una característica de la Declaración Conjunta: “pero todo lo que en el ser humano antecede o sucede al libre don de la fe no es motivo de justificación ni la merece.” (ADC 2.D); esto es explícitamente contrario a la Escritura misma: “(somos) coherederos de Cristo, supuesto que padezcamos con Él para ser con Él glorificados.” (Rom. VIII, 17); “… para contigo la bondad (de Dios) si permaneces en la bondad, que de otro modo también tú serás desgajado.” (Rom. XI, 22).

Así, si tomamos, no las definiciones católicas, sino las luteranas acerca de la justificación, santificación, gracia, pecado, etc., no habrá duda de que los textos de esta Declaración Conjunta todavía caen dentro de los anatemas del Concilio de Trento.

Cientos de páginas serían necesarias para demostrar todas las ambigüedades de esta Declaración, sin embargo, los ejemplos arriba citados ofrecen suficiente evidencia del método ecuménico. ¿Por qué se incluyen estas ambigüedades?

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D. La Declaración Conjunta: un producto típico del ecumenismo moderno.

1. Su objetivo: una unidad diferente de la que Nuestro Señor ha dado a su Iglesia.

Lo que constituye la unidad de un cuerpo es la unidad de la vida que anima a todos los miembros de ese cuerpo. Así es con la unidad de la Iglesia, el Cuerpo Místico de Cristo: está sobre toda unidad de vida, la vida de Cristo en la cual sus miembros participan por la gracia, la cual anima a todos los miembros vivientes y que alguna vez animó a sus miembros muertos quienes no están separados del Cuerpo. Esta vida interior es una vida de Fe (“el justo vive de la fe”, Rom. I, 17), una vida de esperanza y de caridad, ya que “Dios es amor, y el que vive en amor permanece en Dios, y Dios en él.” (1Jn. IV, 16). Esta vida interior de la Iglesia es manifiesta por la unidad de la profesión de Fe, la unidad de su culto la cual es consecuencia de la esperanza y especialmente por los Sacramentos, de los cuales el primero (la puerta) es el Bautismo, y finalmente por la unidad en la obediencia jerárquica, la cual es consecuencia de la caridad (amor a Dios). La unidad de la Iglesia es, por lo tanto, una unidad en la plenitud de la vida de Cristo, no en un mínimo en común. Cualquiera que pierda su gracia santificante por el pecado mortal puede todavía permanecer como miembro verdadero de la Iglesia, pero será un miembro muerto, y por lo tanto, participa sólo imperfectamente de la unidad de la Iglesia.

Para asegurar esta unidad de su Iglesia, Nuestro Señor Jesucristo la ha dotado con una estructura jerárquica con el sacramento del Orden, con una cabeza visible, el Papa, a quien ha dado el poder de enseñar la Fe y el poder santificante a través del culto religioso. Al enseñar la verdadera Fe en la plenitud de su magisterio infalible, al “confirmar a sus hermanos” en la Fe, el Papa asegura esta unidad de Fe, protegiendo las almas en contra del mal del error, por medio de “cánones”, es decir, definiendo la regla [6] de Fe. Enseñar la verdad es echar una luz brillante sobre el monte (Mt. V, 14), atrayendo almas sedientas de verdad, trayendo a los incrédulos y herejes de regreso a la unidad de Iglesia a través de su conversión, esto es, al renunciar a sus errores y profesar la verdadera Fe. De los muchos conversos hechos durante el pontificado de Pío XII, podemos observar ¡cuán efectivo es enseñar la Fe en su integridad con el fin de traer las ovejas perdidas de regreso al redil de Cristo!

El ecumenismo considera que esta unidad es muy difícil de obtener, y considera a las definiciones dogmáticas, con sus anatemas como corolarios necesarios, como la causa de las divisiones dentro de la Iglesia (¡sic! DC 1). El ecumenismo trata de encontrar otra unidad [7] en la cual concentrarse, como si la Iglesia católica, desde su fundación por Nuestro Señor Jesucristo, nunca haya poseído la unidad que Nuestro Señor le dio y la cual no puede perder nunca. Las almas individuales pueden caer de esta unidad separándose por sí mismas de la Iglesia, pero la Iglesia no puede perderla.

El ecumenismo desea una unidad sin herejes a quienes convertir. Esto es una grave falta de caridad, ya que, ¿cómo serán guiadas estas almas erráticas a su salvación sin traerlas de vuelta al redil de Cristo, el cuál es la Santa Iglesia Católica? Debe ser que el ecumenismo ya no cree que la Iglesia Católica sea la única fundada por Nuestro Señor Jesucristo, fuera de la cual no existe salvación [8].

¿Cuál es esa otra unidad en la que el ecumenismo se concentra? Definitivamente no es la unidad de doctrina, es una “unidad de diversidad”, en la cual “las diferencias que subsisten deben ser ‘reconciliadas’ y no deben existir ya fuerzas divisorias” (ADC 3). Un estudio de los textos muestra que esta unidad indefinida es prevista como una unidad en la “praxis”; el objetivo es la acción en común, el “testimonio común” (ADC 3), algo que llegará a “fructificar en la vida y el magisterio de las iglesias.” [Tomado del doc. Cit.] (DC 43); el objetivo es la acción y que sólo puede ser común a nivel humano “en un lenguaje relevante para los seres humanos de hoy” (ADC 3), acción por la paz y la justicia social, y no al nivel sobrenatural de la verdadera salvación de las almas. Así, para los ecumenistas, el preciso hecho de la declaración conjunta es mucho más importante que el contenido de ésta.

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2. Medios del ecumenismo.

A cualquier costo “debemos remover cada piedra que proyecte incluso una sombra de riesgo hacia nuestros hermanos separados, para que tropiecen o se ofendan.” [9] Esto significa evitar toda presentación clara y precisa de la doctrina, tal como la teología escolástica; significa pretender regresar hacia un aproximamiento más bíblico [10], como pretexto para evitar tales precisiones [11]. Significa dividir la verdad revelada en “verdades fundamentales”, con un denominador común más bajo, con el fundamento de lo que la gente afirma haber alcanzado por consenso, y con “diferencias subsistentes” (DC 5), las cuales son consideradas de poca importancia, como si uno pudiera negar los llamados puntos “secundarios” de la Fe, por ejemplo, la Inmaculada Concepción, sin perder totalmente la virtud de la fe. Sobre todo, las condenaciones deben ser evitadas: la gente debe estar contenta al estar “abiertas unas a otras” (DC 40). Esta es la razón por las que tenemos estas hazañas de ambigüedad y silencios calculados, los cuales tienen la obligación de engañar a las almas: pero ¿cómo puede haber unidad real si ambas partes entienden el mismo texto de diferente manera?

Tal silencio es una falla culpable en la tarea de profesar la Fe: “Porque quien se avergonzare de mí y de mis palabras, de él se avergonzará el Hijo del hombre cuando venga en su gloria y en la del Padre y de los santos ángeles.” (Lc. IX, 26). Nuestro Señor Jesucristo ha dado la misión a sus Apóstoles de enseñar la Fe (Mt. XXVIII, 19), no de poner la luz bajo el celemín (Mt. V, 15). El considerar la enseñanza de la verdad en su forma más solemne, esto es, los cánones infalibles de un Concilio dogmático, como “divisores de la Iglesia” (DC 1), es un escándalo para los fieles: ¿cómo han de tener “amor por la verdad” si ellos ven a sus pastores en tal miseria? Esta falta de amor por la verdad es un gran peligro para la salvación, por ello San Pablo habló de “los destinados a la perdición por no haber recibido el amor de la verdad que los salvaría.” (2Tes. II, 10).

Las palabras aquí no se utilizan con su verdadero valor, sino de una forma utilitaria para agradar a ambas partes. Así, con el fin de agradar a todos, esta Declaración no “rechaza” el pasado, sino que habla de “desarrollos” (DC 7) que nos permiten re examinar las condenaciones del pasado, aquí encontramos el mismo estilo que en la Declaración Dignitatis Humanae del Segundo Concilio Vaticano, la cual dice que “deja íntegra la doctrina tradicional católica” (DH 1) mientras que al mismo tiempo ¡formalmente la contradice!

La práctica del diálogo es más importante que lo que se dice. Por “diálogo” implica la igualdad de las partes. En esta Declaración Conjunta, por lo tanto, los representantes de la Iglesia católica se ponen en una situación de igualdad con las sectas herejes, como “socios con derechos idénticos” (ADC 4), ¡e incluso pretendiendo tener una “fe común” (DC 15) con los herejes!

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E. Conclusión.

Esta Declaración Conjunta sobre la Justificación tiene un sabor a herejía – sapit haeresim-. Es un escándalo, tanto para los católicos, quienes son incitados a perder su amor hacia la verdadera doctrina, y para los luteranos, quienes permanecen amodorrados en sus errores. Esto llevará a una unión conjunta práctica y agregará las sacrílegas “intercomuniones”. Causará que muchos pierdan la Fe.

Confrontados con estos pecados contra el Primer Mandamiento, en contra de la más fundamental de las virtudes, nuestra tarea es fortalecer nuestra Fe dedicando un estudio más devoto a ésta, profesándola sin compromisos y poniéndola fervientemente en práctica. Es también nuestra tarea trabajar por la conversión de quienes están en el error, a través de la oración. El buen ejemplo y ofreciendo testimonio de la verdadera Fe. Todas las naciones necesitan convertirse: pidan al Señor, dueño de la mies, ¡que envíe trabajadores para su cosecha! Confiemos estas intenciones a la Santísima Virgen María, la Virgen Fiel y a San José, patrono de la Iglesia.

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Notas:

1. Abbreviation JD = Joint Declaration on Justification; SJD = Resources of the Declaration; AJD = Annexe of the Joint Declaration of 11 June 1999; Dz = The Sources of Catholic Dogma by Henry Denzinger.

2. JD 16, 17, 23, 28. Great care is taken to avoid making this transformation the formula for justice; it is always presented in a way that is compatible with Protestant doctrine: it is presented as an interior effect of a justice that is essentially extrinsic, a justice which remains even if the Christian does not live in accordance with the Law. This is what underlies expressions such as «justification… is not dependent on the life-renewing effects of grace in human beings» (JD 23). This is clearly incompatible with the Catholic Faith.

3. SJD 3; i.e., like the declaration of a judge.

4. If Vatican 2 had added these words «nothing other than» it would fall directly under the anathema of Trent. By omitting them it avoids the anathema, but it remains nonetheless a scandal for the faithful by its similarity to the error condemned. The least one can say is that it does not «avoid and shun» the condemned error; cf. Dz 810.

5. Christian spirituality, five views of sanctification, Donald L. Alexander, Inter-Varsity Press 1988. Dr. Gerhard O. Forde is professor of theology at Luther-Northwestern Theological Seminary, St. Paul, Minnesota.

6. Canon in Greek means rule.

7. See JD 44.

8. Pius IX says that it is a dogma of the Faith: Dz 1677.

9. Annibale Bugnini, in L’Osservatore Romano, 19 March 1965.

10. SJD 4.6: «a biblically renewed concept of faith». JD 13: «By appropriating insights of recent biblical studies and drawing on modern investigations of the history of theology and dogma, the post-Vatican II ecumenical dialogue has led to a notable convergence concerning justification». Once one is aware that these three areas of study (biblical studies, history of theology, history of dogma) were the chosen field of the Modernists, the kind of «convergence» achieved will be apparent.

11. For example, 1 Jn 1:8 is quoted to the effect that «believers fall into sin» (JD 12), without distinguishing between venial sin (which does not remove justification) and mortal sin (which forfeits justification). Compare this with Trent VI, 11.

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Traducción de Alejandro Villarreal de bibliaytradicion.wordpress.com

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>>BITÁCORA<<

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SOBRE la REPRODUCCIÓN del CONTENIDO de B&T: Se concede el permiso para reproducir, total o parcialmente, las traducciones originales de este blog, en otras páginas o blogs, con la condición de mencionar el origen del mismo, así como a su autor original y el nombre del traductor. El autor de B&T hace lo correspondiente al tomar material de otras páginas, sin excepción, y a pesar de no concordar totalmente con las ideas de otras webs o autores, creyendo que en esto reside un simple pero no despreciable acto de honestidad.

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Respuestas

  1. Al cardenal Idris Cassidy, le viene como anillo al dedo la denuncia que hace S. Pablo en Galatas capitulo primero, versiculos del 6 al 10, cuando nos alerta, contra quienes quieren quedar bien con los hombres, y predican un evangelio diferente al que él recibió de Jesucristo

  2. http://perfidiaconciliar.blogspot.com.ar/2011/01/imposible-beatificar-juan-pablo-ii.html

    Juan Pablo II, al fabricarse un «dios» no remunerador de los crímenes del hombre -que ya lo mismo puede ser un Buda- puede colocar a este y a cualquier otro sobre el altar.

    Acuciado sin embargo por no poder dejar fuera el dogma sobre el Infierno del catecismo, niega que el Infierno sea un lugar. Su sucesor empeñado en canonizarle niega que el Purgatorio sea un lugar. SI NO SON LUGARES NO HAY FORMA DE LLEGAR A ELLOS, y por consiguiente, NADIE PUEDE ESTAR EN ELLOS. Con este subterfugio se afirma la apocatástasis. ¿Quién puede pretender el poder para abajar a Dios al nivel del hombre, y de un Buda, sino quien se auto proclama más dios que el verdadero Dios?

    Lo señalado de manera concisa sobre Asís y la doctrina del salvacionismo universal ha sido desarrollado de manera amplia por el P. Johannes Dörmann, teólogo alemán, en tres volúmenes dedicados individualmente a cada una de las encíclicas. Traducidas al inglés, es llamada «Trilogía Trinitaria» por estar dedicada cada una de las encíclicas a cada una de las Tres divinas Personas. («Pope John Paul II’s THEOLOGICAL JOURNEY to the PRAYER MEETING of RELIGIONS IN ASSISI» Part II, volumes 1, 2, 3: «The Trinitarian Trilogy»: Redemptor Hominis, Dives in Misericordia, Dominum et Vivificantem. Angelus Press. Kansas City Missouri. U.S.A

  3. ¿Acaso el Cardenal Ratzinger, confirmado en su cargo por Juan Pablo II, en 1991, como Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en un tercer mandato de cinco años, ha desaprobado al Padre Ratzinger, teólogo de 1968? Por supuesto que no. Toda su obra ha sido reeditada varias veces y el Cardenal continúa escribiendo en Communio, la revista de la «nueva teología» fundada en 1972 por Ratzinger, Henri de Lubac y von Balthasar. Siguiendo los pasos de este «trío» se encuentran bastantes teólogos que constituyen la reserva espiritual de Juan Pablo II, situándose por una parte los ultraprogresistas dentro del campo de la enseñanza y por otra los progresistas moderados para el gobierno de la Iglesia. Actualmente Roma se halla cada vez más invadida por estos
    «nuevos teólogos».

    Como Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Cardenal Ratzinger no ha tenido inconveniente en elogiar a Urs von Balthasar e incluso ha apoyado la apertura en Roma de un centro de formación que tiene como principales inspiradores a

    von Balthasar de Lubac y Adriana von Speyr.

    Por el contrario, las decisiones dogmáticas de la Iglesia del pasado siglo o principios de éste han sido desechadas por el Cardenal Ratzinger tratándolas

    de «disposiciones transitorias».

  4. Haz clic para acceder a Vat._II_dietro_front_sp.pdf

  5. ¿de verdad Ratzinger es su Papa?

    Aún más notables son las declaraciones del Cardenal progresista y Padre conciliar Suenens, uno de los prelados más liberales del siglo XX, el cual habló, en tono triunfalista, de los antiguos regímenes que se vinieron abajo. Las expresiones que empleó para elogiar el Concilio son excepcionalmente reveladoras, quizás las más escalofriantes y perjudiciales de todas. Suenens afirmó: “El Vaticano II es la Revolución Francesa de la Iglesia.”47

    Y, no hace mucho aún, el propio Cardenal Ratzinger, que aparentemente no se inmutó con tales confesiones, añadió su propia declaración. Según él, el texto Gaudium et Spes del Vaticano II, no es otra cosa sino un “Anti-Syllabus”. Así lo expresó:

    Si se desea presentar un diagnóstico del texto (Gaudium et Spes) en su totalidad, podríamos decir que (en unión con los textos sobre la libertad religiosa y las religiones del mundo) se trata de una revisión del Syllabus de Pío IX, una especie de Anti-Syllabus… Limitémonos a decir aquí que el texto se presenta como Anti-Syllabus y, como tal, representa una tentativa de reconciliación oficial con la nueva era inaugurada en 1789… La postura unilateral adoptada por la Iglesia bajo Pío IX y Pío X, en respuesta a la situación creada por la nueva fase histórica que inauguró la Revolución Francesa, fue en gran parte corregida via facti, especialmente en Europa Central; pero aún no había una declaración de principios sobre la relación que debería existir entre la Iglesia y el mundo que surgió en 1789. En efecto, los países con acentuada mayoría católica mantuvieron una actitud abiertamente prerrevolucionaria. Difícilmente podrá alguien negar hoy que los Concordatos español e italiano procuraron conservar una parte de la visión del Mundo, que ni de lejos correspondía a la realidad. En lo que atañe a la educación y al método histórico-crítico de la ciencia moderna, pocos podrán objetar hoy que existían anacronismos, una clara consecuencia de la adhesión a una obsoleta relación entre la Iglesia y el Estado.48
    Obsérvese la extrema osadía de un Cardenal que califica de “unilaterales” ¡a dos de los más grandes Papas de la Historia de la Iglesia en su esfuerzo por protegerla de los errores del Liberalismo y del Modernismo! Según el propio Cardenal Ratzinger, en el Vaticano II la Iglesia “intentó” “corregir” y “impugnar” las enseñanzas del Beato Pío IX y de San Pío X, y, en oposición a éstas, “intentó” reconciliarse con la Revolución Francesa y con la Ilustración.

    http://www.devilsfinalbattle.com/span/ch6.htm

    • Mi papa, no. Es el papa de la Iglesia católica. El detalle es que yo no soy sedevacantista, ni utilizo ese criterio. Si hoy creo que el Sr. Bergoglio no es verdadero pontífice lo hago fundamentado en varios hechos: la renuncia del papa Benedicto XVI se da bajo la influencia de amenazas y por lo tanto, no es voluntaria ni válida. Él sigue siendo papa.

      • Verdadero Papa fué Siri, los demás desde roncalli usurpadores. Si ud gusta de ser obediente a los demoledores es su problema.

        • Ud. confunde las cosas, tal y como el sedevacantismo lo hace y siempre lo ha hecho, además de poner palabras en la boca de los demás.

      • Ratzinger no es papa verdadero de la Iglesia sino parte de la camarilla de modernistas que devastaron la viña del Señor-

    • ¿Está Vacante la Silla? Un Informe de la FSSPX sobre Sedevacantismo

      • La sede está usurpada, golpe de Estado de por medio. Un modernista que no obedece al magisterio verdadero, el anterior al vaticano dos, no puede ser Papa, son unos miserables usurpadores sin uncción. Si con las evidencias de las heterodoxias de los usurpadores que le dejaron más arriba no se da cuenta es porque quiere seguir instalado cómodamente en su ceguera.

  6. Estimados Alejandro y Rot, he terminado de leer vuestras reflexiones y comentarios y me pregunto con todo respeto ¿Por qué hombres tan inteligentes y estudiosos necesitan la aprobación de un hombre como ustedes? Los pensamientos son válidos por la capacidad de explicarlos y fundamentarlos. Seguramente habrá quienes no lo compartan, pero nadie puede descalificarlos, por más que sea Papa, Cardenal u Obispo de cualquier Iglesia. Las virtudes son válidas siempre que uno viva coherente con ellas y sepa dar razones de sus elecciones y nadie los puede descalificar, ni siquiera el Papa. Con frecuencia veo que este paternalismo patriarcal que la jerarquía eclesiástica ejerce sobre sus fieles, los obliga a vivir infantilmente, buscando ser aprobados por otros seres humanos.

    • Don Antonio: Por mi parte es todo lo contrario, yo simplemente considero los argumentos y los hechos respecto a los papas postconciliares, y aunado a esto, me pongo en mi lugar, que no es el de apropiarme de una autoridad que no tengo (la inteligencia o la sapiencia no la dan tampoco, y al contrario hombres de la Iglesia verdaderamente inteligentes y doctos nos han dado lugar pautas para no caer en ese exceso y abuso) para juzgar que el papa sea ilegítimo como lo sugieren muchos sedevacantistas. En el caso del Sr. Bergoglio me atrevo a tomar una posición «radical» basado también en ciertos hechos y en que el papa Benedicto XVI sigue siendo papa. Adicionalmente, como católico, creo firmemente en la misión divina de los sucesores de San Pedro para confirmar la fe de la grey católica, y en conformidad con esto, rechazo todo lo que signifique desviarse de la misma, puesto que la confianza en Pedro no es ciega y como el mismo San Pablo mostró que puede errar personalmente.

      • Estimado Alejandro, muchas gracias por su respuesta. Entiendo que es un poco extraño para los Católicos esto de tener dos Pontífices, aunque Bergoglio llega a ser elegido Papa por una renuncia voluntaria de Ratzinger y es elegido en un Cónclave legalmente realizado; en consecuencia, entiendo que si Benedicto XVI propuso este camino, los católicos están obligados a obedecer a Francisco, de lo contrario estaríamos hablando de una situación cismática. Es difícil para hombres libres tener que someterse de manera absoluta y radical a la voluntad de un hombre por muy elegido, inspirado y supervisado por el Espíritu Santo que sea, ya que aún así, no deja de ser, sentir y pensar como hombre. El tema de la obediencia al Sumo Pontífice, a la que están obigados canónicamente los fieles católicos es un punto siempre crítico y conflictivo.
        Le mando un fuerte abrazo, Antonio.-

        • Sometimiento absoluto no, obediencia absoluta no. La misión de Pedro es confirmar la fe, es apacentar las ovejas del Señor. El sometimiento y la obediencia está en función de que confirme la fe católica, San Pablo es el primero en poner el ejemplo de un sometimiento a la Verdad y un rechazo a las desviaciones personales de Pedro. No puede anteponerse una obediencia incondicional ante la traición de la verdad, eso es contradictorio y absurdo. Somos ovejas sí, pero reconocemos a un solo pastor, Jesucristo.

  7. Gracias por su aclaración Alejandro y por vivir y pensar su Fe sin obediencias absolutas a hombre alguno. El ejemplo de Pablo es un buen ejemplo de integridad y honestidad ante la autoridad.

  8. Antonio no entendió nada, a los verdaderos papas se los obedece porque ellos son pastores según el corazón de Cristo.


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